LA EDUCACIÓN DE LOS JÓVENES INFRACTORES
La Educación de los Jóvenes Infractores
FRANCESC XAVIER BALAGUÉ GEAColegiado núm. 42
Barcelona, setiembre 2012
Los prismas, los enfoques, los ángulos desde los que se pueden analizar la mayoría de los fenómenos y hechos son amplios y variados. Y más aún los hechos que implican una vulneración de las normas de convivencia. La comisión de delitos afecta, además de los directamente implicados, a todo el conjunto social. Y, opiniones individuales y personales de los ciudadanos aparte, los diferentes colectivos emiten las suyas. El mundo del derecho, de la seguridad, los políticos,…
Ahora bien, cuando de lo que hablamos es del trato que la sociedad ha de dar a los infractores de la ley, y, cuando estos son menores de edad, resulta imprescindible que también los profesionales de la Pedagogía demos nuestra opinión. Estamos hablando de adolescentes y de jóvenes. Por tanto de personas en período de formación que han tenido o tienen conductas tipificadas en el código penal y que se desea que maduren, progresen y abandonen las conductas contrarias al marco de convivencia establecido. Y en este proceso de maduración y de formación de estas personas, la Pedagogía y los pedagogos y las pedagogas tenemos un papel importante.
Esta reflexión la hago al filo de la polémica abierta en algunos ámbitos de nuestra sociedad al conocerse que el Departament de Justícia de la Generalitat de Catalunya ha decidido cerrar dos Centros de menores, Til·lers y Montilivi. Se ha hablado en el Parlament de Catalunya, lo han tratado los medios de comunicación, los sindicatos, el comité de empresa de los trabajadores afectados y diferentes expertos en la materia. Creo que nuestra voz también debe estar presente.
Nuestro sistema judicial prevé que los jóvenes infractores sean atendidos, en función de la gravedad del delito, en su propio medio, en una institución abierta, en un régimen semiabierto o, incluso, en un régimen cerrado. La decisión estará en manos de un especialista del derecho, el juez, que dispondrá de los informes y del asesoramiento de los distintos especialistas que el Departament de Justícia le facilita. Pero si el sistema penitenciario para adultos mantiene que una de sus finalidades es la reinserción de los condenados, en el sistema judicial de menores el énfasis en los aspectos educativos ha de estar más acentuado.
Como no podía ser de otra manera, la actual crisis económica ha llegado a la Justicia Juvenil. La cuestión está en si la decisión de cerrar dos Centros, por un presunto ahorro de 5M€ según la nota del Govern, justifica las consecuencias sobre la población atendida. Del mismo modo que en épocas de “vacas gordas” muchos ya decíamos que el “dinero no lo arregla todo”, ahora habrá que decir que “no todo vale por la falta de dinero”.
Por las informaciones y opiniones que he podido recoger de la lectura de documentos del propio Departament de Justícia, en su web oficial[1], de la lectura del Diari de Sessions del Parlament de Catalunya del Pleno del 6 de junio de 2012[2], de las informaciones publicadas en diversos diarios y del Blog de Jaume Funes[3] y la misma nota de prensa reseñando la decisión del Govern de modificar el mapa de los Centros educativos[4], creo que hay algunos elementos preocupantes a destacar en la acción del Departament de Justícia respecto de los jóvenes infractores y que esta decisión de cierre de dos Centros y la argumentación pública que la sustenta así me lo hacen pensar.
Cuando la Consellera de Justícia en la citada sesión parlamentaria defiende el cierre de estos dos centros hace, entre otras, estas afirmaciones:
“Por tanto, ¿qué estamos haciendo desde el Departament de Justícia en este sentido?– primero hablaré un momento de los adultos, y después hablaremos ya de los Centros de justicia juvenil y de la ejecución penal en este ámbito-, pues, básicamente, optimizar y racionalizar todos los recursos públicos, de la mejor forma posible: trabajar para mantener los niveles de calidad de vida de las personas que están ingresadas, sean mayores o menores de edad, y también de los mismos profesionales, y aprovechar de la mejor forma posible todos los recursos y todas las infraestructuras que se disponen. E, incluso, si se puede ahorrar alguna infraestructura, lo más importante es ahorrar en las cosas, en las infraestructuras, no en las personas ni en los medios personales necesarios para atender a estas personas.”
...
“Por tanto, si quiere, y entrando ya en el ámbito de la justicia juvenil, lo que puedo decirle es que, concretamente…, bien, como decía, no ha hablado de medidas de reinserción, ha hablado de datos estadísticos, y la ejecución penal, en este ámbito, requiere de una tarea previa, muchas veces preventiva y comunitaria para que el adolescente no se convierta en un delincuente de adulto. Esto es cierto. Es por eso que creo que desde el principio, desde que se aceptó o se asumió esta competencia, se ha desarrollado un modelo garantista y responsabilizador, que está vigente, con una clara vocación educativa, próximo al entorno familiar y social del menor, y preventivo de esta delincuencia juvenil. Es cierto. Y pienso que eso no ha de cambiar, este modelo no debe romperse sólo por el efecto del cierre de dos Centros de justicia juvenil, manteniendo todas aquellas personas necesarias para atender a estas personas.”
Defender el mantenimiento del personal, sin referirse a la ratio, me suena más a “paz laboral” que a atención educativa. Y afirmar que los recortes en “las cosas, en las infraestructuras” es una cosa que no afecta a la acción educativa es, como mínimo, sorprendente. Si ante una población compleja, con problemáticas graves y variadas, no se dispone de los espacios suficientes y bien dotados donde desarrollar distintas actividades, contando con la posibilidad de ajustar el número de participantes en las actividades en función del estado de los miembros del grupo y, por contra, se debe trabajar con la totalidad del grupo el contagio ambiental puede resultar demoledor para la calidad educativa.
Los datos que publica el propio Departament de Justícia, respecto la evolución de la población atendida en sus centros educativos, tanto en cifras anuales acumuladas, como referidas a la población existente el último día del año permiten ver que, si bien ha habido una disminución del 8,7% en la acumulada del 2011 respecto al año con mayor población -el 2008-, en los datos de la población existente el último día del 2011 ha sido el segundo año con mayor número de menores ingresados, después de 2009. Y, en cualquier caso, con oscilaciones muy pequeñas. Este no parece, pues, un fundamento estadístico con el que tomar determinadas decisiones.
Población 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011
Población anual acumul 425 522 583 559 616 590 593 642 630 614 586
Población último día 153 185 224 236 237 249 267 289 301 285 295
Hay que tener presente que en una situación económica como la actual, las políticas “de ajuste” en la protección social hacen temer que no vendrán tiempos mejores por lo que es más que plausible imaginar un incremento de la marginación y la pobreza y, consecuentemente, de la comisión de delitos. El último “ajuste” en las ayudas a personas en paro ha suprimido la aportación de 400€ a los jóvenes desempleados que vivan en el domicilio familiar cuyos padres tengan ingresos superiores a la renta de Inserción. Este dato no será neutro.
Como bien dice Jaume Funes, las plazas de los Centros no son plazas de hotel con rentabilidad asignada. Por tanto, y estando plenamente de acuerdo en que hay que administrar bien el dinero público, no parece que pretender tener una ocupación del 100% de las plazas de Centros deba ser el eje y guía central de la actuación de los administradores públicos.
Reconvertir un centro de 60 plazas (Can Llupià) en uno de 120 a costa de desmantelar uno de 60 plazas (Til·lers) y otro de 30 (Montilivi) para incrementar de 60 a 87 plazas el centro de l’Alzina no es una actuación económica neutra en la educación y la reinserción de los jóvenes atendidos. ¡Razón de ser del sistema! Hay que sumar a todo eso que los dos Centros desmantelados tenían los índices más bajos de reincidencia de los jóvenes atendidos, 51 y 45 respectivamente en Til·lers y Montilivi, mientras que los centros que ven incrementada su capacidad tienen los índices de reincidencia en 70 y 76 respectivamente Can Llupià i l’Alzina.
Habrá que ver las modificaciones que se fijarán a los responsables de los Centros en los proyectos educativos de sus Centros para conseguir que el fracaso institucional (reincidencia) no se incremente entre una población que hasta ahora era atendida en unos centros, que han cerrado, y que eran entre el 25 y el 30 % más bajos.
Creo que conviene realizar un estudio sobre la reincidencia de los menores internados en centros educativos similar al realizado por el Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada sobre los menores acogidos al programa de Mediación y Reparación de Menores, donde los resultados han rechazado la mayoría de las hipótesis que planteaban los investigadores y que recomienda revisar las causas de esos resultados. Se puede consultar ese trabajo en la web del Departament de Justícia[5].
No creo que ninguna organización seria admitiera una argumentación tan pobre e inconsistente para modificar la vida de 87 jóvenes. Excepto que haya una argumentación no pública. Y en ese caso creo que los motivos no tendrían nada que ver con la Misión y con los Objetivos de la Justicia Juvenil, ni de la Educación y la Reinserción de unos jóvenes que este país y esta sociedad necesita.
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Fecha de publicación: 29/9/2012